A- de 2003
Ponente Sala Plena
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Sustanciación a cargo del Magistrado que siga en orden alfabético al Magistrado recusado
- Causal no contemplada en el Decreto 2067/91
- Iniciación de incidente por causal prevista en Decreto 2067/91
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se declaró que no es pertinente la segunda causal de recusación formulada contra el magistrado Eduardo Montealegre Lynett por el ciudadano de la referencia, la cual se menciona en el numeral 4) de la parte considerativa de esta providencia.
En consecuencia, se remite el memorial de recusación al despacho del Magistrado Alvaro Tafur Galvis, a quien corresponde actuar como magistrado sustanciador en el trámite del incidente respecto de la primera causal de recusación indicada en el numeral 3) de la parte considerativa del presente auto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. Declarar que no es pertinente la segunda causal de recusacion formulada contra el magistrado Eduardo Montealegre Lynett por el ciudadano Juan Cristobal Perez Cabrera, en el proceso de la referencia, la cual se menciona en el numeral 4) de la parte considerativa de esta providencia.
- Segundo. Remitir el memorial de recusacion presentado por el ciudadano Juan Cristobal Perez Cabrera al despacho del Magistrado Alvaro Tafur Galvis, a quien corresponde actuar como magistrado sustanciador en el tramite del incidente respecto de la primera causal de recusacion indicada en el numeral 3) de la parte considerativa del presente auto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.